Abogados Madrid Perez Panizo Asociados

Regulada por la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, la Mediación se define como “aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador” que velará por un entendimiento entre las partes que faciliten un eventual acuerdo.

A diferencia de lo que ocurre en los procedimientos judiciales, donde es un tercero (juez), quien toma la decisión que pone fin al conflicto, en la mediación, son las propias partes en conflicto quienes, gracias a la participación de un tercero profesional, neutral e imparcial (mediador), van llegando poco a poco a un entendimiento que hace posible el cierre, total o parcial, de acuerdos que ponen fin a su situación de conflicto.

¿Quiénes mejor que las propias personas que se encuentran en esta situación y conocen sus vidas para tomar las decisiones que más se adecúen a sus necesidades?.

El proceso de mediación se caracteriza por ser un proceso voluntario, flexible, confidencial, neutral y regido por el principio de buena fe entre las partes y la confidencialidad.

Quien acude a mediación, lo hace de forma voluntaria y con la sincera intención de llegar a un entendimiento con la parte contraria a través de un método de resolución de conflictos que conlleva el menor desgaste tanto económico como moral posible, al contar con la intervención de un profesional mediador cuyo objetivo es favorecer la comunicación y el desbloqueo de las tensiones, mediante el uso de técnicas y métodos como la escucha activa, la empatía, reformulación o el parafraseo, entre otras.

Artículo 6 Ley 5/2012: “1. La mediación es voluntaria. (…) 3. Nadie está obligado a mantenerse en el procedimiento de mediación ni a concluir un acuerdo.”

En la actualidad, en España la Mediación va abriendose camino frente a la idea errónea de que la Judicialización de los problemas , son la única opción con que se cuenta para ello.

Un ejemplo de esta falta de conocimiento, se muestra mediante las siguientes gráficas, que reflejan los resultados de una encuesta realizada a una muestra de 73 personas en el mes de junio de 2022.

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Es debido a este desconocimiento social, y con el fin de impulsar la mediación como mecanismo de resolución de conflictos habitual, que se han comenzado a elaborar diferentes medidas legislativas de índole procesal, que supondrán la modificación de tres leyes clave como lo son:

  1. la Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil;
  2. la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles; y
  3. la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.

El conjunto de medidas que han sido propuestas, se contemplan en el ya publicado Anteproyecto de Ley de Impulso de la Mediación (visualizable en el siguiente link: (https://www.aeafa.es/files/noticias/anteproyectoleyimpulsomediaci0n.pdf), e implicarán de forma esencial las siguientes actualizaciones:

  • Sustitución de voluntariedad por “obligatoriedad mitigada” en determinados procedimientos (familia, reclamaciones inferiores a 2.000 euros, herencias…) o cuando el juez que ya se encuentre conociendo de un procedimiento, así lo considere.
  • Haber intentado la mediación, como requisito procesal necesario para interponer demanda en determinados procedimientos. Tal y como recoge el Anteproyecto “se trata de que en determinadas materias y procesos se haga preciso que las partes reciban del mediador información clara y precisa de la naturaleza de la institución, de la estructura del procedimiento y de los beneficios frente a la vía judicial. En este sentido, y pudiendo celebrarse en un mismo acto, deberá tener lugar una sesión informativa y una sesión exploratoria del conflicto.”
  • Inclusión de la mediación en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuíta como prestación que será cubierta si se cumplen los requisitos legales para ello
  • Creación de una Comisión de Seguimiento del Impulso de la Mediación, como organismo encargado de asegurar que las medidas implantadas se están cumpliendo.

Con estas modificaciones o medidas, no se pretende sino impulsar un mecanismo que actualmente se presenta como prácticamente desconocido por el conjunto de la sociedad incluso de los propios jueces que  si además no conforman en su día a día  los juzgados especializados de familia nos encontraremos ante un desconocimiento y falta de sensibilización que requieren los procesos de familia. La pretensión sería que, en un futuro no muy lejano, se constituya como el principal mecanismo de resolución de determinados conflictos que, por su naturaleza o por recaer en la esfera más íntima de la persona (véase un divorcio o una herencia), requieran de una solución que lejos de dañar las relaciones entre las partes, las fortalezcan.

Equipo de mediadores en Pérez Panizo Asociados Madrid

En Pérez Panizo Asociados Madrid contamos con un equipo de mediadores especializados en la resolución amistosa de los conflictos, que le ayudarán a lograr la mejor solución  la situación que están viviendo, evitando la costosa vía judicial. Cuando hablamos de coste no solamente nos referimos al coste económico sino al coste emocional que ya de por si en una ruptura se produce.

Especializados en la mediación familiar, nuestros mediadores profesionales, le ayudarán a lograr un entendimiento que pareciera imposible, desbloqueando las faltas de comunicación y facilitando el entendimiento mutuo entre las partes en conflicto. El trabajo del mediador es desanudar las cuestiones que evitan la fluidez de la comunicación. No consiste en hacer un trabajo terapéutico sino que se trata de encontrar la forma en donde a partir de ese momento se quiera actuar de cara al futuro, de la mejor forma posible.

De esta forma, nuestro equipo logrará que sean las propias partes quienes, a lo largo de las sesiones, conformen el acuerdo o los acuerdos por los que pasarán a regirse, poniendo el punto y final al conflicto.

Dicho acuerdo tiene fuerza de ley y si se incumpliera el mismo se podría reclamar judicialmente.

Concierta una cita con nosotros y te explicaremos más detalladamente el proceso. Merece la pena, por vosotros y por vuestros hijos.

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