Te ayudamos a tramitar nacionalidad española por residencia, permisos de larga duración, y autorizaciones de residencia
En nuestro despacho de abogados en madrid le asesoramos en materia de extranjería para obtener la residencia que se adapte a sus necesidades. Le facilitamos el camino para poder obtener la nacionalidad española.
Nuestros abogados especialistas en derecho de extranjería le ayudaran a tramitar procedimientos de obtención de permisos de residencia y de trabajo, asilo, solicitudes de régimen comunitario y extracomunitarios, nacionalidad española, arraigo social y laboral e inclusive reagrupación familiar.
En constante contacto con la oficina extranjería de Madrid.
Extranjería: ¿Cuál es el procedimiento para conseguir la nacionalidad española por residencia?
Es un procedimiento administrativo específico. Será necesario acreditar la residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud de nacionalidad y el tiempo de esa residencia dependerá de las circunstancias personales del interesado. Por ejemplo, respecto a los países iberoamericanos el tiempo de residencia previamente exigido será de 2 años.
De igual forma, el interesado tendrá que carecer de antecedentes penales y, por último, se tendrá que demostrar su integración en España con la realización de dos exámenes que imparte el Instituto Cervantes (el CCSE y el DELE), aunque el interesado podría estar en alguna de las circunstancias que excluye la obligatoriedad de estas pruebas.
¿Necesita un Abogado Extranjería en Madrid? ¡Nosotros le Llamamos!
Pareja de un ciudadano español o ciudadano de Estado Miembro. ¿Puedo regularizar mi situación en España?
Para el caso de que estés casado o seas pareja de hecho de un ciudadano español o de algún otro Estado Miembro podrás regularizar tu situación en España solicitando la residencia por familiar comunitario, presentando los documentos requeridos para la situación concreta en la que el interesado se encuentre.
La residencia inicial por familiar comunitario tendrá un período de validez de 5 años, transcurridos los cuales se podrá solicitar la residencia permanente. En tanto, el tiempo de residencia legal computará a efectos de la solicitud de nacionalidad por residencia.
En cualquier caso, la regularización de la situación en España por familiar comunitario aplica también a los descendientes y ascendientes de primer grado (propios o del cónyuge). ¡Le podemos ayudar en Pérez Panizo Asociados, Abogados Extranjería Madrid!
¿En que consiste la tramitación de asilo? ¿podéis ayudarme?
El Asilo se trata de una solicitud de protección que realiza un nacional no comunitario o apátrida por alguna de las circunstancias determinadas en la Ley. La protección internacional engloba el derecho de asilo y la protección subsidiaria.
Al momento de solicitarlo, se notificará al interesado el documento de manifestación de voluntad, donde se recogerán sus datos y la fecha para realizar una segunda entrevista. En ella se tendrá ocasión de exponer los motivos por los que solicita Asilo.
Tras la segunda entrevista, se entregará al interesado lo que se conoce como “Hoja Blanca”, que es el documento donde consta que es solicitante de asilo y el NIE. Tiene una validez de 9 meses; a partir del sexto ese documento habilitará para trabajar.
Pasados los 9 meses, el interesado tendrá que solicitar cita de nuevo. En caso de que la Administración competente aún no haya resuelto, se entregará al interesado la “Tarjeta Roja”, con una validez de 6 meses.
Somos Expertos en Extranjería, un equipo de profesionales en cada despacho de abogados a su servicio, somos Pérez Panizo Asociados.
¿Pueden los Abogados de Extranjería de Pérez Panizo Asociados regularizar su situación en España?
La manera más común de regularizar su situación es solicitando la residencia por razón de arraigo, que podrá ser familiar, laboral, social o para la formación.
A grandes rasgos, el Arraigo Familiar requiere que el solicitante acredite la relación exigida por Ley. Es decir, que sea padre o madre de menor de nacionalidad española o hijo de padre o madre español; tutor de menor o apoyo a la persona con discapacidad; cónyuge o pareja de hecho, etc. Tras la reforma, la residencia por arraigo familiar se otorgará por 5 años.
Por su parte, el Arraigo Laboral regularizará la situación del extranjero que lleve en España durante 2 años y haya trabajado al menos 6 meses. Será necesario que en el momento de la solicitud:
-que el interesado esté en situación irregular y acredite haber cotizado un período mínimo de 6 meses.
-que en ese período de 2 años la actividad laboral por cuenta ajena se ha prestado por 30 horas semanales durante 6 meses. O 15 horas en el cómputo de 1 año. Y en caso de que se ejerza la actividad laboral por cuenta propia, se tendrá que demostrar una actividad continuada de 6 meses.
El Arraigo Social exige una permanencia mínima en España de 3 años. Además de contar con un contrato de trabajo y acreditar que el interesado está insertado en la sociedad. Ésta es la forma más utilizada a la hora de regularizar la estancia en España.
Por último, estaría el Arraigo para la formación. El interesado tendría que acreditar un período en territorio español de al menos 2 años y el compromiso de formación.
¡Podemos ayudarle!